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IVTM. Solicitud Exención por minusvalía

Estarán exentos en el Impuesto los vehículos destinados al traslado de personas de movilidad reducida (Apartado A Anexo II del Reglamento General de Vehículos) , así como los vehículos matriculados a nombre de minusválidos para su uso exclusivo o destinado a su transporte.

 Solicitante

Interesado o representante legal (acreditando documentalmente)

 Lugar

Via postal: C/ San Salvador, 14 1ª planta (21003 - Huelva)
Via fax: 959494801


Oficinas presenciales SGTH

Oficina Virtual de la APTHuelva

 Requisitos

Acreditación, del organismo competente, de poseer una minusvalía igual o mayor al 33%. En su caso, acreditación de la adaptacion del vehículo para el traslado de personas de movilidad reducida.

 Horario

De 09:00 a 13:30 horas en oficinas presenciales de lunes a viernes

 Iniciación

A petición del interesado

 Recursos

Recurso de Reposición, previo al Contencioso-Administrativo, ante el Servicio de Gestión Tributaria en el plazo de un mes desde el día siguiente a la notificación de la resolución (Artículo 14 RDL 2/2004)

 Organismo resolutor

El Gerente del Servicio de Gestión Tributaria de Huelva, para ayuntamientos que tienen delegada la gestión del impuesto.

 Plazos

6 meses desde la solicitud (Artículo 104 LGT)

 Contacto

C/ San Salvador, 14 1ª planta (21003 - Huelva)
Tel. Gratuito: 900 352 165
Via fax: 959494801
Correo electrónico
www.sgth.es
Oficinas presenciales SGTH

 Documentación
 Normativa
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