Trámites
IBI. Solicitud de Exención de bienes inmuebles vinculados a repoblaciones forestales
Tendrán derecho a la exención los inmuebles (fincas rústicas) en los que se realicen repoblaciones forestales o regeneración de masas arboladas sujetas a proyectos de ordenación o planes técnicos aprobados por la Administración forestal.
Solicitante
Interesado o representante legal (acreditando documentalmente)
Requisitos
Acuerdo de la Administración forestal de los planes técnicos de repoblaciones forestales.
Horario
De 09:00 a 13:30 horas en oficinas presenciales de lunes a viernes
Iniciación
A petición del interesado
Recursos
Recurso de Reposición, previo al Contencioso-Administrativo, ante el Servicio de Gestión Tributaria en el plazo de un mes desde el día siguiente a la notificación de la resolución (Artículo 14 RDL 2/2004)
Organismo resolutor
El Gerente del Servicio de Gestión Tributaria de Huelva, para ayuntamientos que tienen delegada la gestión del impuesto.
Plazos
6 meses desde la solicitud (Artículo 104 LGT)
Documentación
Normativa