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Recurso contra la providencia de apremio por suspensión del periodo voluntario.

El Contribuyente puede recurrir ante el Servicio de Gestión Tributaria de Huelva posteriormente a la recepción de la notificación de apremio, donde se identifican las deudas no pagadas en plazo voluntario, si esta providencia se ha dictado por error al estar suspendido el procedimiento de recaudación en periodo voluntario.


Además de la suspensión derivada de la presentación de reclamaciones garantizando la deuda, hay otros  procedimientos que suspenden el periodo voluntario de cobro si se solicitan antes del fin de mismo,  como son el fraccionamiento, aplazamiento o compensación de deudas.

 Solicitante
Interesados o representante legal (con acreditación documental original o compulsada).
 Lugar

Via postal: C/ San Salvador, 14 1ª planta (21003 - Huelva)
Via fax: 959494801

Oficinas presenciales SGTH

Oficina Virtual de la APTHuelva

 Requisitos

El recurso deberá expresar: Nombre y apellidos así como identificación personal del recurrente, acto que se recurre y motivo de impugnación, domicilio a efecto a notificaciones, lugar, fecha y firma.


Copia del acuerdo de suspensión, con garantia aportada en garantia aportada, compensación o concesión del fraccionamiento/aplazamiento.


Nota: (Deberá adjuntarse original o copia compulsada acreditativa del acuerdo de suspensión, compensación o concesión del fraccionamiento/aplazamiento, de la representación y de la constitución de aval).


 Horario
De 09:00 a 13:30 horas en oficinas presenciales de lunes a viernes
 Iniciación
Con la presentación del escrito de interposición del recurso.
 Recursos
Contra la desestimación del recurso de reposición presentado puede interponer:

- Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de la recepción de la notificación de la resolución.

- Reclamación Económico-administrativa en caso de deudas de la Comunidad Autónoma de Andalucía en el plazo de un mes.
 Organismo resolutor
El Servicio de Gestión Tributaria en caso de Tributos Locales delegados.

El Organismo Acreedor (Ayuntamientos, Junta Andalucía) en caso de Tributos no delegados.
 Plazos
1 mes desde la notificación de la providencia de apremio.
 Contacto

C/ San Salvador, 14 1ª planta (21003 - Huelva)
Tel. Gratuito: 900 352 165
Via fax: 959494801
Correo electrónico
www.sgth.es
Oficinas presenciales SGTH

 Documentación
 Normativa
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