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Solicitud de fraccionamiento/aplazamiento de pago.

El Servicio de Gestión Tributaria podrá a solicitud del obligado tributario aplazar o fraccionar el pago de las deudas previa presentación de la correspondiente gartía (Aval bancario) y justificación de las dificultades económico-financieras que impidan de forma transitoria efectuar el pago en el plazo establecido.


La garantía cubrirá el importe de la deuda en periodo voluntario, los intereses de demora que genere el aplazamiento y un 25% de la suma de ambas partidas.

 Solicitante
Obligado al pago o representante legal (con acreditación documental original o compulsada).
 Lugar

Via postal: C/ San Salvador, 14 1ª planta (21003 - Huelva)
Via fax: 959494801

Oficinas presenciales SGTH

Oficina Virtual de la APTHuelva

 Requisitos

La solicitud de fraccionamiento deberá contener de acuerdo al artículo 46 de R.G.R.:



  • Nombre y apellidos o razón social o denominación completa, número de identificación fiscal y domicilio fiscal del obligado al pago y, en su caso, de la persona que lo represente.

  • Identificación de la deuda cuyo aplazamiento o fraccionamiento se solicita.

  • Causas que motivan las solicitud de aplazamiento o fraccionamiento.

  • Plazos y demás condiciones del aplazamiento o fraccionamiento que se solicita.

  • Garantía que se ofrece.

  • Lugar, fecha y firma del solicitante.


Además debe acompañar a la solicitud:



  • Aval bancario o compromiso de aval solidario de entidad de crédito. Para deudas inferiores a 600 euros será suficiente la presentación de fianza solidaria de los contribuyentes de reconocida solvencia.

  • En su caso, los documentos que acrediten la representación y el lugar señalado a efectos de notificación.

  • Los demás documentos o justificantes que estimen oportunos. En particular, deberá justificarse la existencia de dificultades económico-financieras que le impidan de forma transitoria efectuar el pago en el plazo establecido.

 Horario
De 09:00 a 13:30 horas en oficinas presenciales de lunes a viernes
 Iniciación
Mediante solicitud de fraccionamiento o aplazamiento instado por el interesado.
 Recursos
Contra la denegación del fraccionamiento se podrá interponer el oportuno recurso de reposición previo al contencioso administrativo.
(Ver recurso de reposición contra otros actos y acuerdos del Servicio de Gestión Tributaria).
 Organismo resolutor
Para liquidaciones inferiores a 3.000 euros: El Director de Oficina encargado de la Tramitación del procedimiento.

Para deudas superiores a 3.000 euros: El Gerente del Servicio de Gestión Tributaria.
 Plazos
Seis meses (art. 52 R.G.R.).
 Contacto

C/ San Salvador, 14 1ª planta (21003 - Huelva)
Tel. Gratuito: 900 352 165
Via fax: 959494801
Correo electrónico
www.sgth.es
Oficinas presenciales SGTH

 Documentación
 Normativa
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